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lunes, 18 de enero de 2016

Los alguaciles de vagabundos en el Madrid del Antiguo Régimen

En este artículo analizamos un tipo de oficial destinado al control de los vagabundos o vagos, en expresión de la época. El poder no podía tolerar la existencia de personas sin domicilio fijo ni ocupación. Pero la realidad social de una España con graves carencias socioeconómicas fue muy tozuda. Las ciudades españolas y, muy especialmente, la Villa y Corte, estaban pobladas de marginados. En tiempos de los Austrias se optó por la represión pura y dura, mientras que en la de los Borbones, además de reprimir se pretendía, por clara influencia de la filosofía del despotismo ilustrado, que los vagabundos y vagos fueran útiles.
En el Madrid de los Austrias existía el empleo de alguacil de vagabundos que nombraba el Consejo y Cámara de Castilla. Su salario era de 40.000 mrs., como quedó señalado en el reinado de Felipe II, manteniéndose casi inalterable en el tiempo. En función de su cometido de detener vagabundos, vagos y pícaros, dependía de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte que, en alguna ocasión llegó a nombrar a alguno de estos alguaciles de forma interina. Debía presentarse todos los días para dar cuenta de sus presos ante los alcaldes de Corte. No podía apresar gente que no fuese vaga con lo que se pretendía delimitar sus competencias en relación con los alguaciles de Casa y Corte. En el reinado de Felipe IV muchos alguaciles de vagabundos fueron equiparados a alguaciles de Casa y Corte con ejercicio pero solamente en lo criminal, como aconteció con Isidro Suárez después de diez años de servicio como alguacil de vagabundos con una hoja de servicios que puede ser calificada de impresionante por la detención de doscientas personas con destino a las galeras, dieciséis reos ahorcados y más de mil doscientas personas de ambos sexos detenidas y condenadas al destierro. Pero a Suárez, también se le hizo alguacil de Corte criminal porque sirvió a la Hacienda Real con 400 ducados. Al final, después de nuevos servicios se le concedió la capacidad civil a su vara, en 1637.
Para ganar la condición de atender asuntos criminales fue necesario, al menos durante esa década, el consentimiento del Reino porque lo prohibía una Condición de Millones referida al control del número de varas de alguaciles en Madrid. Pero no hubo durante este siglo una política clara y constante en relación con la equiparación entre alguaciles de vagabundos y de Casa y Corte. En otros casos se les hizo alguaciles en causas civiles y criminales directamente, pero a fines del siglo solamente se les permitió atender asuntos civiles pero no criminales, al contrario de lo que vimos en el caso de Isidro Suárez.
La existencia de alguaciles de vagabundos obedecía a la política de control de estas personas por parte de los Austrias y existían en casi todas las ciudades y villas de la Corona castellana. El médico y escritor Cristóbal Pérez de Herrera abogaba porque en cada lugar hubiese más de un alguacil de vagabundos, concretamente, dos en las sedes de ambas Chancillerías y cuatro en la corte A estos alguaciles se les debía dar por cada vagabundo que prendiesen, “jugando o vagando en días de trabajo, o pidiendo limosna fingidamente en cualquier tiempo, sin traer la señal cierta que se les ha de poner de aquí adelante, dos reales, a costa de los bienes que se le hallaren; y si no tuvieren cosa que los valga, se les podrían suplir de gastos de justicia, porque con este premio, aunque moderado, tendrán cuidado de buscarlos -castigando con rigor ejemplar a los que se supiere que  se cohechan y no hacen su oficio con gran puntualidad.
Por lo expuesto, Pérez de Herrera abogaba por el sistema de pagar a las justicias dedicadas a estos menesteres por vagabundo apresado. El doctor es consciente, también de que esta forma de pago o premio podía generar corrupción y pidió que, tanto a los que cometían cohechos como a los negligentes, se les castigase. Pérez de Herrera deseaba completar el aparato institucional de lucha contra los vagabundos con la actuación de otros dos alguaciles de vagabundos bajo la jurisdicción de los corregidores de todo el reino, incluidos lugares que fuesen sedes de Chancillerías, Audiencias o de la propia corte.
En el siglo XVIII se continuó nombrando alguaciles de vagabundos. Con el despotismo ilustrado cambió el sentido de la política hacia éstos, reflejada en la Real Ordenanza de Vagos de 1775 y después en la década de los ochenta, con la creación de nuevas instituciones como las Juntas Generales de Caridad y las Diputaciones de Barrio. Pero ya antes de la irrupción de éstas por toda la Monarquía vemos funcionar la Comisión de Vagos en Madrid, establecida en 1766. Esta Comisión se encargaba de la vigilancia en Madrid para detener aquellos vagabundos que se encontrasen. Los aprehendidos podían ser expulsados hacia sus lugares de origen si eran fruto de la inmigración hacia la Corte, o destinados a obras públicas y, como tercera alternativa se les podía destinar a las levas. Esta institución era claramente represiva frente a los alcaldes de barrio con un cariz mixto entre lo represivo y lo preventivo que abarcaban más cuestiones puramente relacionadas con la policía de vagos y las Diputaciones de Barrio más preventivas y de control social. La Comisión era presidida por un alcalde de Casa y Corte y a sus órdenes tenía un cierto número de oficiales.

Eduardo Montagut

domingo, 3 de enero de 2016

La corrupción en las fuentes literarias del Antiguo Régimen: el caso de los alguaciles

Las alusiones sobre la corrupción en los niveles medios y bajos de la administración en el Antiguo Régimen aparecen con cierta frecuencia en la literatura, especialmente en la de los Siglos de Oro. La inclusión de los alguaciles se convirtió en un recurso muy socorrido cuando se quería tratar un episodio satírico porque casi siempre se les ponía en evidencia con el consiguiente regocijo general. Esta literatura, a pesar de que pudiera exagerar en algún punto, refleja un nivel alto de corrupción. En este sentido Deleito y Piñuela nos dice lo siguiente:
“A las trapacerías y a los excesos de los pícaros que  se pudieran llamar profesionales, contribuía la autoridad con su indulgencia unas veces, su indiferencia o su conducta arbitraria, otras, y su complicidad en muchas ocasiones. Nada eficaz hizo el Gobierno español en los siglos XVI y XVII para moralizar las costumbres y castigar la delincuencia, y los funcionarios de la justicia, desde los más altos a los más bajos, lejos de aplicar ésta rectamente, daban ejemplo funestísimo de incumplimiento de su deber, cuando no de venalidad frecuente.”
En efecto, un alto grado de corrupción se desarrollaba en el entorno de la justicia en el siglo XVII, teniendo los alguaciles un protagonismo, quizás solamente superado por los escribanos. Deleito alude a los manejos que tenían un alguacil y un escribano en Sevilla en la novela ejemplar cervantina El coloquio de los perros. Al parecer, según Berganza, el alguacil en cuestión era íntimo amigo de un escribano, estando ambos amancebados con dos mujeres. Éstas les servían para sus propósitos, ya que las utilizaban como prostitutas a la caza de la multitud de extranjeros que la riqueza y el comercio ultramarino atraían a Sevilla. Una vez avisados los dos ministros se presentaban y apresaban a los protagonistas por amancebamiento. Pero su destino no era la cárcel, ya que, “los extranjeros siempre redimían la vejación con dineros”. Lo que aquí nos interesa destacar es como se provocan delitos para sacar un provecho que, por lo demás, no tiene que ver con la apertura de diligencias, sino con su olvido a cambio de un soborno. El ingenio relatado en una obra literaria se corresponde con la realidad descrita por el cronista, siendo esta vez el protagonista un alguacil de Casa y Corte en Madrid. Dejemos hablar a Jerónimo de Barrionuevo:
“…hijo del sangrador del Rey, fue pidiendo a todos cuantos grandes señores y presidentes hay en la Corte,  fuentes, jarros, y saleros para un bateo, sin perdonar  a Presidente, Inquisidor General et reliqua. Dicen  juntó más de 60 piezas grandes, y 120 de las menores. Fue a Palacio, donde los corredores se las empeñar todas a diferentes personas, sacando lindo dinero, todo  en doblones; que como era alguacil, no hubo duda en la  seguridad ni en el trato. Hase desaparecido y cada cual ha cobrado lo que era suyo, quedándose sin el dinero los que lo dieron. Cada día suceden de estas en la  Corte, donde sólo se trata de engañar los unos a los  otros”.
Luis Vélez de Guevara nos cuenta en El diablo cojuelo, en Sevilla otro caso. Se trata de uno de los últimos episodios, y donde aparece un alguacil:
“-Vuesas mercedes no se alboroten, que yo vengo a hacer mi oficio y a prender no menos que al señor Presidente,  porque es orden de Madrid y la he de hacer de Evangelio. (…) El Cojuelo, arrimándose al Alguacil, le dijo aparte,  metiéndole un bolsillo en la mano, de trescientos escudos:
-Señor mío, vuesa merced ablande su cólera con este diaquilón mayor, que son ciento y cincuenta doblones  de a dos.
Respondiéndole el Alguacil, al mismo tiempo que los  recibió:
Vuesas mercedes perdonen el haberme equivocado, y el señor Licenciado se vaya libre y sin costas, más de  las que hemos hecho; que yo me he puesto a un riesgo  muy grande habiendo errado el golpe”
Pero es, sin duda alguna, la obra de Mateo Alemán Guzmán de Alfarache la que retrata a los alguaciles de la forma más cruda. No creemos que se haya escrito un párrafo más demoledor contra estos oficiales del rey, a la vez que introduce una interpretación del fenómeno de la corrupción al vincularlo a la venalidad de los cargos, de ahí que merezca nuestra atención:
“…compró aquella vara para comer, o la trae de alquiler, como mula, y para comer ha de hurtar, y a la  voz de: Alguacil soy, traigo la vara del rey, ni teme al rey ni guarda ley…”
Para cerrar el siglo XVII nada mejor que hacerlo con Francisco de Quevedo que en su obra La hora de todos y la fortuna con seso ridiculiza a un alguacil,
“II. Por la misma calle poco detrás venía un azotado, con la palabra del verdugo delante chillando, y con las mariposas del sepan cuantos detrás, y el susodicho en un borrico, desnudo de medio arriba, como nadador de  rebenque. Cogióle la hora; y derramando un rocín al  alguacil que llevaba, y el borrico al azotado, el rocín se puso debajo del azotado, y el borrico debajo del   alguacil; y mudando lugares, empezó a recibir los  pencazos el que acompañaba al que los recibía, y el que los recibía, y el que los recibía a acompañar al que le acompañaba”.
La imagen negativa sobre los alguaciles pasó al siglo siguiente. Feijoo en su Teatro Crítico Universal trata acerca del comportamiento de los alguaciles y los escribanos, siendo crítico pero con grandes dosis de ironía, como al final del párrafo que entresacamos:
“En todas partes se oyen clamores contra el proceder  de los Alguaciles y Escribanos. Creo que si se castigasen dignamente todos los delincuentes que hay  en España se convertirían en remos. Los Alguaciles están reputados por gente que hace pública confesión  de la estafa. Si es verdad todo lo que se dicen de ellos, parece que el demonio, como siempre, procura contrahacer o remedar a su modo las obras de Dios: al ver que en la Iglesia se fundaban algunas Religiones mendicantes para bien de las almas, quiso fundar en los Alguaciles una Irreligión mendicante para perdición de  ellas. Su destino es coger los reos; su aplicación, coger algo de los reos, y apenas hay delincuente que  no se suelte, como suelte algo el delincuente”,
es decir, de nuevo el cohecho, el sacar partido de las prisiones, del ejercicio de las funciones para sacar un provecho personal, hasta tal punto que Feijoo convierte a los alguaciles en nada más y nada menos que en una “Irreligión mendicante”.
La mala estampa de los alguaciles viene corroborada por el testimonio de otro escritor de la época. Diego de Torres Villarroel citará en su Vida a los alguaciles entre los personajes y situaciones que le causaban más que preocupación:
“Los que producen en mi espíritu un temor rabioso, entre susto y asco, enojo y fastidio, son los hipócritas, los avaros, los alguaciles, muchos médicos,  algunos letrados y todos los comadrones”,
y por ello,
“Siempre que los veo me santiguo, los dejo pasar, y al  instante se me pasa el susto y el temor”.
Por fin, en un siglo XVIII muy avanzado, Ramón de la Cruz, en su sainete La Plaza Mayor, alude a un tipo de soborno a un alguacil, que debía ser de lo más habitual,
“Lorenza: Perdone usted la llaneza
y tome estas dos lombardas
Alguacil: ¿Y cuánto he de dar por ellas?
Lorenza:  Y están pagadas”
Casi todas estas citas literarias nos han perfilado una situación en la que los miembros visibles de la administración del orden y la justicia, los alguaciles en nuestro caso, aparecen criticados y hasta ridiculizados. Pero conviene matizar que abundan también presencias en la literatura, especialmente dramática de nuestros Siglos de Oro, así como en los sainetes del XVIII, en que los alguaciles aparecen, eso sí sin papel destacado, cuando la presencia de la justicia se hace necesaria en el transcurso o desenlace de la trama dramática.

Eduardo Montagut