sábado, 16 de enero de 2016

El gobierno y la administración de América en tiempos de los Austrias

Las Indias fueron incorporadas a Castilla, que fue el reino que estableció el control político y económico de los nuevos territorios. El Imperio se organizó con una doble estructura: instituciones en la metrópoli castellana y organización territorial en el continente americano. En Castilla se articularon dos grandes instituciones, la Casa de Contratación de Sevilla y el Consejo de Indias. La primera fue fundada en 1503, siguiendo algunas pautas marcadas por la Casa da India de Lisboa. Tenía competencias en la organización del comercio entre Castilla y América, que solamente podía canalizarse a través de ella. Pero, además, controlaba la emigración al conceder licencias o permisos para marchar a América, ejercía de aduana, cobraba impuestos y, por fin, tenía misiones formativas de los pilotos de navegación y elaboraba mapas.
Los Reyes Católicos encargaron al capellán Juan Rodríguez de Fonseca la supervisión de los asuntos americanos pero la rapidez de los descubrimientos y conquistas de tantos territorios hicieron que estos asuntos adquirieran una dimensión casi abrumadora, por lo que Fonseca tuvo que contar con una serie de colaboradores, nombrados entre los miembros del Consejo de Castilla, que terminaron por funcionar  de forma oficiosa como un consejo aparte. Al final, sería el emperador Carlos el que tomase la decisión de crear un Consejo específico para las Indias en 1524. El Consejo Supremo y Real de las Indias tenía competencias jurisdiccionales sobre todos los territorios americanos y sobre la Casa de Contratación. Elaboraba la legislación de Indias, nombraba los cargos y fiscalizaba todos los asuntos americanos.
La administración colonial adoptó instituciones y organizaciones puramente castellanas pero con rasgos propios, dada la peculiaridad de los nuevos territorios.
La institución más importante era la del virrey, representante del rey en un territorio. El primero de todos ellos fue Colón, aunque su nieto renunció a esta dignidad a cambio de una serie de compensaciones. Cuando la conquista se estabilizó se crearon dos virreinatos: en 1535 el de Nueva España con capital en México, y unos años después el del Perú, con capital en Lima. El límite jurisdiccional entre ambos estaba en el istmo de Panamá. Los virreyes tenían amplísimos poderes porque eran representantes del monarca. En el siglo XVIII se reorganizaron los virreinatos creándose algunos más.
Las gobernaciones eran circunscripciones equivalentes, aproximadamente, a provincias, y regidas por gobernadores subordinados a los virreyes. Su número aumentó a medida que se conquistaban nuevos territorios.
Los corregimientos eran similares a las gobernaciones en cuanto a las funciones, pero los corregimientos tenían menores dimensiones. Generalmente, eran ciudades con sus territorios circundantes. Al frente había un corregidor. Se trataría de la institución más parecida a la castellana.
Las audiencias eran tribunales superiores de justicia, como en Castilla, pero en América tenían funciones de gobierno al lado  de los virreyes. En el siglo XVI se crearon diez audiencias, y luego fueron aumentando. Sus límites jurisdiccionales coincidirían, en gran medida, con las fronteras de los países que surgieron en los procesos de independencia del siglo XIX.

Eduardo Montagut

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